Prórroga extraordinaria del contrato de arrendamiento de vivienda habitual.

¿Tu contrato de alquiler de vivienda habitual termina antes del 30 de septiembre de 2.020 y tu casero/a no quiere renovarlo?
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Me estoy encontrando con muchos/as clientes cuyos contratos de alquiler de su vivienda familiar terminan en fechas cercanas y el/la arrendador/a les ha comunicado su intención de no renovar el alquiler.
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En primer lugar, es necesario saber que el Gobierno ha querido proteger a aquellas personas titulares de un contrato de alquiler de vivienda habitual cuya fecha de finalización se encuentra comprendida entre el 2 de abril de 2.020 y el 30 de septiembre de 2.020.
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¿Qué implica esta protección? Que existe la posibilidad de solicitar una prórroga extraordinaria por un período máximo de 6 meses con las mismas condiciones establecidas para el contrato en vigor, salvo acuerdo entre las partes.
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¿Y qué tiene de especial esta solicitud? Que la persona propietaria del inmueble tendrá que aceptar la prórroga. Para ello, se le tendrá que comunicar de forma fehaciente, dejando constancia del plazo solicitado.
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¿Existe algún requisito? Sí, durante toda la prórroga se tendrá que seguir abonando la renta en las mismas condiciones acordadas en el contrato de arrendamiento.
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¿Tienes un contrato de alquiler y vence próximamente? Recomiendo encarecidamente la intervención de un profecional que examine el caso concreto. No lo dudes, ponte en contacto conmigo y analizaré tu situación sin ningún tipo de compromiso.