El Tribunal Supremo rechaza revisar las sentencias firmes anteriores a la doctrina del TJUE de 21-12-16 sobre cláusulas suelo.

17 Abr, 2017.- No es posible obtener la revisión de una sentencia firme por el hecho de que una sentencia posterior establezca una jurisprudencia que sea incompatible con los argumentos que fundamentan el fallo de la sentencia anterior. Esa sentencia posterior no es un “documento” a efectos de lo previsto en la regulación de las demandas de revisión en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Auto de 4 de abril de 2017. Revisión 7/2017. Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena.

Fuente: http://www.otrosi.net