El Tribunal Constitucional declara que el impuesto de la plusvalía municipal es inconstitucional cuando al vender el inmueble se ha obtenido una pérdida patrimonial.

El Tribunal Constitucional ha declarado que es inconstitucional cobrar el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía) cuando el vendedor ha sufrido una PÉRDIDA patrimonial en la venta del inmueble. Por tanto, el Tribunal Constitucional no declara ilegal el impuesto, sino que considera que está exento de tributar cuando en la venta de un inmueble de naturaleza urbana no se genera una ganancia patrimonial para el vendedor.

¿Cómo se demuestra que la venta ha supuesto una pérdida patrimonial para el vendedor?

Esta es la parte complicada, puesto que hay que acreditar que el terreno donde se encuentra el inmueble ha experimento una pérdida de valor entre el momento en el que se adquirió su propiedad y el momento en el que se transmite a un tercero. Para ello, será necesario acudir a un tasador que haga una valoración del terreno.

Llegados a este punto, es necesario incidir en que el planteamiento del Tribunal Constitucional es en relación a una norma foral del País Vasco por lo que, en principio, no afecta a la normativa estatal. No obstante, hay que señalar que la regulación legal es igual en ambas normativas, por lo que finalmente será necesario modificar la normativa estatal. Actualmente hay planteada una cuestión de inconstitucionalidad en Madrid, por lo que sería interesante esperar el pronunciamiento al respecto del Tribunal Constitucional.

Para poder iniciar cualquier tipo de reclamación, será necesario que no hayan transcurrido más de cuatro años desde el momento en el que se acabara el plazo para abonar voluntariamente el impuesto.

Ahora bien, desde Lucía Blanco Abogados se recomienda que se presente YA la reclamación ante el Ayuntamiento correspondiente solicitando la devolución de los ingresos indebidos en el caso de que el transcurso de los cuatro años sea próximo. Si por el contrario aún se cuenta con tiempo suficiente, es recomendable esperar a que haya un pronunciamiento del Tribunal Constitucional acerca de la normativa estatal, aunque con toda seguridad se declarará igualmente su inconstitucionalidad.

En definitiva, desde Lucía Blanco Abogados os animamos a que pongáis en nuestro conocimiento vuestro caso para proceder a su estudio y dilucidar si corresponde iniciar cualquier tipo de reclamación. No olvidéis que dejar pasar el tiempo juega en nuestra contra.